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Cookie es un archivo que se descarga en su computadora cuando accede a determinadas páginas web. Las cookies permiten a una página web, entre otras cosas, almacenar y recuperar información sobre los hábitos de navegación de un usuario o de su equipo y, dependiendo de la información que contengan y de la forma en que utilice su equipo, se pueden utilizar para reconocer al usuario. El navegador del usuario memoriza cookies en el disco duro solo durante la sesión actual ocupando un espacio mínimo de memoria y sin dañar el ordenador. Las cookies no contienen ningún tipo de información personal específica y la mayoría de ellas se borran del disco duro al final de la sesión del navegador (las llamadas cookies de sesión).

La mayoría de los navegadores aceptan cookies como estándar y, independientemente de ellas, permiten o impiden cookies temporales o almacenadas en la configuración de seguridad.

Sin su expreso consentimiento --mediante la activación de las cookies en su navegador-- la página web a la que acaba de acceder no enlazará en las cookies los datos almacenados con sus datos personales proporcionados en el momento del registro o la compra.

¿Qué tipos de cookies utiliza este sitio web?

- Cookies técnicas: Son aquéllas que permiten al usuario la navegación a través de una página web, plataforma o aplicación y la utilización de las distintas opciones o servicios que existen en ella, por ejemplo, controlar el tráfico y la comunicación de datos, identificar la sesión, acceder a partes de acceso restringido. , recuerde los elementos que componen una navegación, realice la solicitud de registro.

El Usuario acepta expresamente, por el uso de este Sitio, el tratamiento de la información recabada en la forma y con las finalidades antes mencionadas. Y también reconoce conocer la posibilidad de rechazar el tratamiento de tales datos o información rechazando el uso de Cookies mediante la selección de la configuración apropiada a tal fin en su navegador. Aunque esta opción para bloquear cookies en su navegador puede no permitir el uso completo de todas las funcionalidades del Sitio Web.

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Garantía de cumplimiento de la ley

Al comienzo de la página web, debe aparecer el texto de la política de cookies antes de cargar cualquier cookie y antes de que se pueda iniciar cualquier navegación.

Para más información sobre las cookies y su uso lea el siguiente texto:

Las reglas de uso de cookies.

1. Alcance de las reglas.

El segundo apartado del artículo 22 de la LSSI establece:

2.Los proveedores de servicios pueden utilizar dispositivos de almacenamiento y recuperación de datos en los equipos terminales de los destinatarios, siempre que hayan dado su consentimiento después de que se les haya proporcionado información clara y completa sobre su uso, en particular, sobre los fines del procesamiento de datos, de acuerdo con con lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

Cuando sea técnicamente posible y efectivo, el consentimiento del destinatario para aceptar el tratamiento de los datos podrá ser facilitado mediante la utilización de los parámetros adecuados del navegador u otras aplicaciones, siempre que deba proceder a su configuración durante la instalación o actualización mediante una acción Express para ese propósito.

Lo anterior no impedirá el posible almacenamiento o acceso de carácter técnico con la única finalidad de transmitir una comunicación por una red de comunicaciones electrónicas o, en la medida estrictamente necesaria, para la prestación de un servicio de la sociedad de la información. solicitado expresamente por el destinatario.

En consecuencia, la información contenida en este texto será de utilidad para aquellos casos a los que sea de aplicación el apartado segundo del artículo 22 de la LSSI, de acuerdo con lo dispuesto en el Capítulo II de la propia LSSI titulado “Ámbito de aplicación”.

En particular, conviene precisar que, de acuerdo con el precepto transcrito,

se aplica a cualesquiera "dispositivos de almacenamiento y recuperación de datos" en cualquier "equipo terminal de los destinatarios" y que el Anexo de la LSSI antes mencionada define como "Destinatario del servicio o destinatario" la "persona física o jurídica que utiliza, ya sea o no por motivos profesionales, un servicio de la sociedad de la información ”.

Así, el artículo 22 de la LSSI y el presente texto se refieren a la instalación de cookies y tecnologías similares utilizadas (como objetos locales compartidos o cookies flash, etc.) para almacenar y recuperar datos de un equipo terminal (por ejemplo, un ordenador, un teléfono móvil o una tableta) de una persona física o jurídica que utilice, ya sea por motivos profesionales o no, un servicio de la sociedad de la información.

En todo caso nos permitimos recordar que cuando la instalación y / o uso de una cookie conlleve el tratamiento de datos personales, los responsables de dicho tratamiento deberán velar por el cumplimiento de los requisitos adicionales que establece la normativa sobre protección de datos personales, en particular. en relación con datos especialmente protegidos.

Asimismo, conviene recordar la necesidad de adoptar precauciones adicionales en este ámbito en relación con los menores.

Finalmente, para determinar el alcance de la normativa y de este texto es necesario señalar que las cookies utilizadas para cualquiera de las siguientes finalidades se encuentran exentas del cumplimiento de las obligaciones establecidas en el artículo 22.2 de la LSSI:

• Permita solo la comunicación entre el equipo del usuario y la red.

• Prestar estrictamente un servicio solicitado expresamente por el usuario.

En este sentido, el Grupo de Trabajo del Artículo 29 en su Opinión 4/2012 ha interpretado que entre las cookies exceptuadas se encuentran aquellas que tienen la finalidad:

• Cookies «entrada del usuario».

• Cookies de autenticación o identificación de usuario (solo sesión).

• Cookies de seguridad del usuario.

• Cookies de sesión del reproductor multimedia.

• Cookies de sesión para equilibrar la carga.

• Cookies de personalización de la interfaz de usuario.

• Complemento de cookies (plug-in) para intercambiar contenido social.

Por tanto, se puede entender que estas cookies quedan excluidas del ámbito de aplicación del artículo 22.2 de la LSSI, y por tanto, no sería necesario informar u obtener el consentimiento

sobre su uso. Por el contrario, será necesario informar y obtener el consentimiento para la instalación y uso de cualquier otro tipo de cookies, tanto de primera como de tercera, de sesión o persistentes, quedando sujeto al ámbito de aplicación del artículo 22.2 de la LSSI y, sobre lo que serán útiles las orientaciones de este texto.

El citado dictamen indica que para que una cookie esté exenta del deber de consentimiento informado, su caducidad debe estar relacionada con su finalidad. Debido a esto, es mucho más probable que las cookies de sesión se consideren persistentes que las cookies persistentes.

En cualquier caso, se debe tener en cuenta que una misma cookie puede tener más de una finalidad, por lo que existe la posibilidad de que si bien para una finalidad o tratamiento la cookie se encuentre exenta del ámbito de aplicación del artículo 22.2 de la LSSI, no es para otros fines, quedando sujeto al ámbito de aplicación de dicho precepto.

Por ejemplo, cookies que se utilizan para detectar intentos repetidos y erróneos de conectarse a un sitio web.

2. Terminología y definiciones

Para los propósitos de este texto es útil definir una serie de conceptos de antemano.

A. Elementos intervinientes

yo. Galleta.

La LSSI es aplicable a cualquier tipo de archivo o dispositivo que se descargue en el equipo terminal de un usuario con la finalidad de almacenar datos que puedan ser actualizados y recuperados por la entidad responsable de su instalación.

La cookie es uno de esos dispositivos ampliamente utilizados por lo que, a partir de ahora, nos referiremos genéricamente a estos dispositivos como cookies.

Estos archivos permiten almacenar en el terminal del usuario cantidades de datos que van desde unos pocos kilobytes hasta varios megabytes.

A continuación, se realiza una clasificación de las cookies según una serie de categorías. Sin embargo, es necesario tener en cuenta que el mismo

Las cookies se pueden incluir en más de una categoría.

1. Tipos de cookies según la entidad que las gestiona.

Dependiendo de quien sea la entidad que gestione el equipo o dominio desde donde se encuentre

enviar cookies y tratar los datos que se obtienen, podemos distinguir:

- Cookies propias: Son aquéllas que se envían al equipo terminal del usuario desde un equipo o dominio gestionado por el propio editor y desde el que se presta el servicio solicitado por el usuario.

- Cookies de terceros: Son aquellas que se envían al equipo terminal del usuario desde un equipo o dominio que no es gestionado por el editor, sino por otra entidad que trata los datos obtenidos a través de las cookies.

En el caso de que las cookies se instalen desde un equipo o dominio gestionado por el propio editor pero la información recogida a través de ellas sea gestionada por un tercero, no pueden considerarse cookies propias.

2. Tipos de cookies según el plazo de tiempo que permanecen activadas.

Según el período de tiempo que permanecen activados en el equipo terminal

podemos distinguir:

- Cookies de sesión: Son un tipo de cookies diseñadas para recabar y almacenar datos mientras el usuario accede a una página web.

- Cookies persistentes: Son un tipo de cookies en las que los datos se almacenan en el terminal y pueden ser accedidos y tratados durante un plazo definido por el responsable de la cookie, que puede oscilar entre unos minutos y varios años.

3. Tipos de cookies según su finalidad.

Según la finalidad para la que se traten los datos obtenidos mediante las cookies podemos distinguir entre:

- Cookies técnicas: Son aquéllas que permiten al usuario la navegación a través de una página web, plataforma o aplicación y la utilización de las distintas opciones o servicios que en ella existen.

- Cookies de personalización: Son aquéllas que permiten al usuario acceder al servicio con algunas características de carácter general predefinidas en función de una serie de criterios en el terminal.

- Cookies de análisis: Son aquéllas que permiten al responsable de las mismas monitorizar y analizar el comportamiento de los usuarios de los sitios web a los que están vinculados. La información recabada a través de este tipo de cookies se utiliza en la medición de la actividad de los sitios web, aplicación o plataforma y para la elaboración de perfiles de navegación de los usuarios de dichos sitios, aplicaciones y plataformas, con el fin de introducir mejoras en función del análisis de los datos de uso que hacen los usuarios del servicio.

Algunos editores, además de prestar un servicio a los usuarios, ofrecen, actuando como soportes, por sí mismos o con la ayuda de uno o más terceros, espacios publicitarios a los anunciantes para cuya gestión es necesario el uso de cookies.

A la luz de esta definición podemos observar el doble rol o función que puede desarrollar un editor.

Actúa como prestador de un servicio al usuario, para cuya prestación puede ser necesario el uso de cookies.

Al actuar como soporte, también puede ofrecer a los anunciantes espacios publicitarios que serán gestionados ya sea por el mismo editor o por una o más entidades simultáneamente, mediante el uso de tecnologías que puedan requerir el uso de cookies para su funcionamiento.

yo. Anunciante

Es la entidad cuyos productos, servicios o imagen se publicitan a través de los espacios publicitarios de los que disponen, en su caso, los editores en sus páginas u otras aplicaciones desde las que prestan servicios a los usuarios. En este sentido, actúa como demandante de espacios publicitarios.

Con frecuencia, el editor también suele actuar como anunciante. En estos casos, el editor actúa como anunciante desde el momento en que realiza

La publicidad del servicio prestado a los usuarios utiliza los espacios publicitarios que otros editores ponen a disposición.

ii. Agencias de publicidad y agencias de medios

Son entidades que se encargan del diseño y ejecución de la publicidad, así como de la creación, preparación o programación de campañas publicitarias de los anunciantes, actuando por cuenta y por cuenta de estos en la contratación de espacios publicitarios. En este sentido, también se les puede considerar como demandantes de espacios publicitarios para anunciantes.

iii. Redes publicitarias

Son un conjunto de entidades que, actuando directa o indirectamente por cuenta de uno o más editores, también ofrecen a los anunciantes, o indirectamente a través de otros reclamantes, como agencias de publicidad, la posibilidad de obtener espacios publicitarios o algún tipo de resultado concreto como los clicks. , ventas o registros, a través de la gestión y tratamiento de los datos obtenidos del uso de cookies descargadas o almacenadas en el equipo terminal de los usuarios, cuando acceden a los servicios prestados por el editor.

El objeto del trabajo de estas entidades es realizar, de la mejor forma posible, la gestión del inventario de espacios publicitarios, cuya titularidad corresponde a los editores, de forma que converja con la demanda de los anunciantes.

Es el editor quien decide si todo o parte del inventario, que está disponible, es administrado por una entidad de manera exclusiva o por varias entidades simultáneamente en base a los criterios establecidos.

Este tipo de entidades suelen realizar una agregación de la oferta de los espacios publicitarios y los inventarios de varias editoriales.

Algunas de estas entidades recogen, a través de las cookies que gestionan, información sobre los hábitos de navegación de los usuarios que acceden a los servicios o páginas que ofrece cualquiera de los editores a los que representan.

Los datos se recogen con la finalidad de que la difusión de piezas publicitarias de los anunciantes sea lo más eficaz posible. Para ello, analizan los hábitos de los usuarios en

Internet con el fin de ofrecer la publicidad más adecuada a los intereses asociados a su perfil de navegación.

Este tipo de entidades actúan por el lado de la oferta, como oferentes de espacios, en nombre y representación, directa o indirectamente de una o varias editoriales.

Si bien este tipo de entidades muestran a sus clientes de forma agregada los datos obtenidos como consecuencia del uso de cookies, será necesario informar y obtener el consentimiento de los usuarios para la recogida de dichos datos y su agregación y posterior tratamiento con la finalidad de gestionar la oferta de los espacios de los editores. Generalmente se hará desde la página web de los editores que utilicen este tipo de cookies propias o de terceros.

Para llevar a cabo la gestión de estos espacios publicitarios de la forma más eficaz posible, se utilizan diferentes tipos de equipos, tecnologías, programas o aplicaciones de gestión, como adServers, adExchanges, etc.que se ocupan de adServer (Ad Server):

Los servidores de anuncios son programas o plataformas de gestión que se utilizan para gestionar el inventario de anuncios del editor. Para ello se suelen utilizar cookies de terceros, por lo que estas cookies se envían al equipo terminal del usuario, no en tiempo real, de forma que las piezas publicitarias de los anunciantes se incluyen en los espacios publicitarios de los editores de forma automática, en función de los criterios que se establecido en cada caso.

Por último, también es necesario señalar que esta labor de gestión suele subcontratarse total o parcialmente a otras empresas especializadas en el desarrollo de las acciones necesarias para la gestión de espacios publicitarios.

iv. Empresas de análisis y medición.

Son entidades que miden y / o analizan el comportamiento de navegación de los usuarios en la página web de un editor, actuando en su nombre y representación, mediante el análisis de los datos obtenidos con el uso de cookies con el fin de mejorar el servicio prestado por el editor.

Generalmente para la prestación de este tipo de servicios se utilizan las llamadas 'cookies de terceros', es decir, cookies que se envían al equipo terminal del usuario no desde un equipo o dominio gestionado y controlado por el editor sino desde un equipo o dominio. gestionado por la entidad que realiza el análisis de los datos.

Dada la multiplicidad de entidades intervinientes, corresponderá a cada una de ellas analizar el trabajo que realizan para posicionarse en uno u otro rol con el fin de determinar la responsabilidad en la que incurren y dar cumplimiento a las obligaciones establecidas en la normativa y desarrollada. en esta guía.

Obligaciones de las partes.

Las obligaciones legales que impone la normativa son dos, a saber: el deber de información y la obtención del consentimiento.

Previo al estudio por parte de las entidades implicadas en las soluciones más adecuadas para dar cumplimiento a las obligaciones mencionadas (según la naturaleza de su actividad, el modelo de negocio que desarrollan y el alcance de su responsabilidad), se recomienda que realicen una revisión. de las cookies que se utilizan, ya sea de forma interna o con el asesoramiento de asociaciones o entidades especializadas. Esta revisión será de un dominio administrado y controlado por el propio editor, pero de uno administrado por el servidor de anuncios. adExchange (Ad Exchange): Sistema informático que permite la subasta automática de espacios publicitarios por parte de los editores que soliciten los anunciantes y otros agentes autorizados. La subasta se realiza en tiempo real utilizando los criterios establecidos por ambas partes por lo que las entidades participantes desconocen, hasta que se muestra, cuál será la publicidad que se exhibirá en un espacio subastado a través de esta infraestructura.

Los adexchanges podrán utilizar o no cookies en función de la configuración que establezca el editor como objetivo para identificar las cookies que se están instalando o utilizando, analizando si son cookies propias o de terceros, de sesión o permanentes y, especificando su función para decidir. si están o no dentro del alcance del artículo 22.2.

Teniendo en cuenta los posibles cambios que puedan producirse en la gestión y uso de las cookies, es recomendable realizar periódicamente esta revisión con el fin de actualizar la información disponible sobre las mismas.

En este contexto, debe evaluarse específicamente si la instalación de cookies persistentes es necesaria ya que los riesgos para la privacidad podrían reducirse mediante el uso de cookies de sesión. En cualquier caso, cuando se instalen cookies persistentes, su duración temporal deberá reducirse al mínimo necesario, en función de la finalidad de su uso.

En todo caso, recordamos la conveniencia de que las soluciones que se implementen para cumplir con las obligaciones del art.22.2 LSSI deben ser tecnológicamente neutrales y, por tanto, deben ser soluciones que la mayoría de navegadores reconozcan.

A. Deber de información.

yo. Qué información debe proporcionarse.

El apartado segundo del artículo 22 de la LSSI establece que los usuarios deben contar con información clara y completa sobre el uso de los dispositivos de almacenamiento y recuperación de datos y, en particular, sobre las finalidades del tratamiento de los datos, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica. 15/1999, de 13 de diciembre, sobre protección de datos personales.

Por tanto, la información sobre las cookies que se facilite en el momento de solicitar el consentimiento debe ser lo suficientemente completa como para que el usuario pueda comprender la finalidad para la que fueron instaladas y conocer los usos que se les dará.

En el caso de que un usuario dé su consentimiento para el uso de cookies, la información sobre cómo revocar el consentimiento y eliminar las cookies debe estar disponible para él de manera accesible y permanente.

Además de proporcionar la información necesaria para que los usuarios puedan prestar, en el momento requerido, un consentimiento válido, es conveniente que la información antes mencionada, y en particular la relativa al formulario a través del cual pueden gestionar las cookies, esté a su disposición. de forma accesible y permanente en todo momento a través del sitio web desde el que se presta el servicio.

ii. Cómo debe mostrarse esa información.

El Grupo de Trabajo del artículo 29 ha establecido en su Dictamen 15/2011, con el objetivo de garantizar una información adecuada, dos requisitos que afectan, por un lado, a la calidad de la información y, por otro, a la accesibilidad y visibilidad de lo mismo.

Primero, en relación a la calidad de la información proporcionada, se recomienda:

- Tener en cuenta el tipo de usuario medio al que se dirige esa página web y adaptar el idioma y contenido de los mensajes a su nivel técnico. Cuanto menor sea el nivel técnico del usuario medio de esa página web, más fácil debe ser el uso del lenguaje (evitando terminología técnica poco comprensible) y más completa la información que se ofrece, en base a los aspectos más básicos de qué son las cookies y cómo funcionan.

En cualquier caso, este menor nivel técnico no debe ser un obstáculo para que la información facilitada sea lo más clara posible, evitando sobrecargar la información con detalles innecesarios que la hacen engorrosa de leer.

Por el contrario, si los usuarios a los que se dirige el sitio web gozan de un alto nivel de conocimientos sobre Internet, puede que no sea necesario facilitar información básica sobre qué son las cookies y cómo funcionan, aunque deberán incluir información en todo caso detallada. información sobre qué tipo de cookies se utilizan en esa página y con qué fines.

En la actualidad, se debe asumir que el nivel de conocimiento de los usuarios sobre las cookies y su gestión es muy limitado.

- Tener en cuenta el diseño y la mecánica del sitio web. Cuanto mejor se ajuste la información que se ofrece sobre las cookies con el resto de contenidos del sitio web y su mecánica de funcionamiento, más probabilidades hay de que esta información sea leída por los usuarios.

En segundo lugar, en relación con la accesibilidad y visibilidad de la información sobre las cookies se puede mejorar de las siguientes formas:

- A través del formato del enlace: Por ejemplo, aumentando el tamaño del enlace a la información o utilizando una fuente diferente que distinga ese enlace del texto normal de la página web y otros enlaces.

- Mediante el posicionamiento del enlace: La ubicación del enlace en áreas que atraen la atención de los usuarios puede ayudar a garantizar la accesibilidad y visibilidad.

- Mediante el uso de un nombre descriptivo e intuitivo para el enlace: El uso de una expresión explicativa como “Política de cookies”, en lugar de una expresión más general como “Política de privacidad” para mejorar la accesibilidad y visibilidad del mensaje.

- A través de otras técnicas que ayuden a resaltar la importancia de este enlace informativo, como enmarcar o subrayar el enlace, mostrar una advertencia cuando el puntero del mouse pasa sobre el enlace o utilizar una imagen o icono en el que se puede hacer clic y que incita a buscar más información.

“Informar a los usuarios y obtener su consentimiento no es algo nuevo en Internet. La mayoría de los sitios web saben qué métodos utilizar para llamar la atención de los usuarios sobre la información que desean destacar, como en el caso de promociones, ofertas o encuestas de satisfacción, y para obtener el consentimiento de sus usuarios, incluso si en otros contextos (cambios en la términos y condiciones de uso, confirmación de compras o verificaciones de edad mínima requerida).

La forma en que se informa y obtiene el consentimiento de los usuarios debe aprovechar la experiencia adquirida a través de estos métodos.

En cualquier caso, la información obligatoria puede ofrecerse a través de múltiples sistemas. Como veremos más adelante, generalmente con estos medios no solo se proporcionará la información necesaria, sino que también se podrá solicitar el consentimiento del usuario para la instalación de los dispositivos.

Entre los métodos más habituales destacamos:

a. El suministro de información a través de una barra de encabezado o en el pie de página, de manera suficientemente visible.

segundo. Al solicitar un servicio, o antes de descargar un servicio o aplicación, esta información se puede proporcionar junto con la política de privacidad, o en los términos y condiciones de uso del servicio.

Para mantener la visibilidad de la información sobre las cookies, se debe resaltar y separar (a través de un hiperenlace diferente, por ejemplo) del resto de información sobre términos y condiciones de uso o política de privacidad.

En caso de que sea necesario obtener el consentimiento para la instalación de las cookies por parte de usuarios ya registrados (es decir, ya están registrados en el servicio) deberán ser informados de forma verificable sobre los cambios realizados en relación a el tratamiento de las cookies y que en caso de que sigan utilizando el servicio se entenderá que consienten la instalación de las mismas.

En ambos casos también será posible facilitar la información y obtener el consentimiento por medios convencionales (off-line), siempre que se acredite que los usuarios han sido informados individualmente y han prestado su consentimiento.

La información por capas.

Este sistema consiste en mostrar la información esencial en una primera capa, cuando se accede a la página o aplicación, y completarla en una segunda capa a través de una página en la que se ofrece información adicional sobre las cookies.

1. La siguiente información se incluiría en la primera capa:

• Advertencia del uso de cookies no exceptuadas que se instalan al navegar por esta página o al utilizar el servicio solicitado.

• Identificación de las finalidades de las cookies que se instalan.

La información sobre si la instalación y uso de cookies será únicamente del editor responsable de la web, o también de terceros asociados a la misma.

• En su caso, advirtiendo que si se realiza una determinada acción, se entenderá que el usuario acepta el uso de cookies.

• Un enlace a una segunda capa de información en la que se incluye información más detallada.

Esta información se proporcionará a través de un formato que es visible para el usuario y debe mantenerse hasta que el usuario realice la acción requerida para obtener el consentimiento.

EJEMPLO:

Utilizamos cookies propias y de terceros para mejorar nuestros servicios y mostrarte publicidad relacionada con tus preferencias mediante el análisis de tus hábitos de navegación. Si continúa navegando, consideraremos que acepta su uso.

Puede cambiar la configuración u obtener más información aquí.

Como puede ver, este ejemplo ofrece información sobre el uso por parte del editor y terceros de las cookies de publicidad analítica y comportamental.

Las cookies utilizadas deben ser analizadas para adaptar la información a cada situación particular.

2. La siguiente información se incluiría en la segunda capa:

• Definición y función de las cookies

EJEMPLO:

¿Qué son las cookies? Una cookie es un archivo que se descarga en su computadora cuando accede a determinadas páginas web. Las cookies permiten a una página web, entre otras cosas, almacenar y recuperar información sobre los hábitos de navegación de un usuario o de su equipo y, dependiendo de la información que contengan y de la forma en que utilice su equipo, se pueden utilizar para reconocer al usuario.

• Información a través de una tabla o lista sobre el tipo de cookies que utiliza el sitio web y su finalidad.

EJEMPLO:

¿Qué tipos de cookies utiliza este sitio web?

• Cookies de análisis: aquéllas que bien tratadas por nosotros o por terceros, nos permiten cuantificar el número de usuarios y así realizar la medición y análisis estadístico de la utilización que hacen los usuarios del servicio ofertado. Para ello, analizamos su navegación en nuestro sitio web con el fin de mejorar la oferta de productos o servicios que le ofrecemos.

• Cookies publicitarias: Son aquéllas que, bien tratadas por nosotros o por terceros, nos permiten gestionar de la forma más eficaz posible la oferta de los espacios publicitarios que hay en el sitio web, adaptando el contenido del anuncio al contenido de el servicio solicitado o al uso que haga de nuestro sitio web. Para ello podemos analizar sus hábitos de navegación en Internet y podemos mostrarle publicidad relacionada con su perfil de navegación.

• Información sobre cómo desactivar o eliminar las cookies enumeradas a través de las funcionalidades que proporciona el editor, las herramientas que proporciona el navegador o el terminal o mediante plataformas comunes que puedan existir, a tal efecto, así como la forma de revocación del consentimiento ya. prestados.

EJEMPLO:

Puede permitir, bloquear o eliminar las cookies instaladas en su equipo mediante la configuración de las opciones del navegador instalado en su equipo.

Chrome

Explorador

Firefox

Safari

• Información sobre la identificación de quién utiliza cookies, es decir, si la información obtenida por las cookies es tratada únicamente por el editor y / o también por terceros con los que el editor ha contratado la prestación de un servicio para el que el uso de cookies, con identificación de este último.

B. Obtener el consentimiento.

yo. El consentimiento como base para el cumplimiento de la normativa.

Para la instalación y uso de cookies no exceptuadas será necesario en todos los casos obtener el consentimiento del usuario. Este consentimiento puede obtenerse a través de fórmulas expresas, como al hacer clic en una sección que indique 'Doy mi consentimiento', 'Acepto' u otros términos similares. También se puede obtener infiriéndolo a partir de una determinada acción realizada por el usuario, en un contexto en el que se ha facilitado a este último información clara y accesible sobre las finalidades de las cookies y si van a ser utilizadas por el mismo editor. y / o por

terceros, por lo que se entiende que el usuario acepta que se instalen cookies. En cualquier caso, la mera inactividad del usuario no implica la prestación del consentimiento por sí misma.

Para que este consentimiento sea válido será necesario que el consentimiento haya sido otorgado de manera informada.

Por tanto, es necesario Considerar.

1. Que las modalidades de prestación del consentimiento podrán ser variadas.

La obtención del consentimiento a través del 'clic' de un usuario o un comportamiento similar, sin duda, facilitará la prueba de que se ha obtenido. Esta fórmula puede ser más apropiada para usuarios registrados.

La obtención del consentimiento que se infiera de un comportamiento de los usuarios es admisible, pero puede presentar mayores dificultades de prueba para su obtención. Esto dependerá, fundamentalmente, de la claridad y accesibilidad de la información que se haya ofrecido para obtenerlos.

2. Que el usuario debe haber realizado algún tipo de acción consciente y

positivo del cual se puede inferir el consentimiento del usuario.

3. Que el usuario debe haber sido informado con antelación y de forma clara de qué acción concreta se interpretará en el sentido de que acepta la instalación y uso de cookies.

Por ejemplo, se debe informar claramente en aquellos casos en los que la solicitud por parte del usuario de un servicio sea interpretada a su vez como expresión de su conformidad para que, además de prestar el servicio, pueda almacenar o acceder a la información del dispositivo del usuario.

4. Que el usuario, en cualquier caso, podrá negarse a aceptar cookies, incluso en aquellos casos en los que como consecuencia de tal negativo la funcionalidad de la página web sea limitada o no posible.

ii. Quién debe dar su consentimiento.

De acuerdo con el apartado 2 del artículo 22 de la LSSI, el consentimiento debe ser otorgado por los 'destinatarios' de los servicios de la sociedad de la

información.

De acuerdo con el apartado d) del Anexo de la LSSI por 'Destinatario del servicio o destinatario' debe entenderse 'la persona física o jurídica que utiliza, ya sea por motivos profesionales o no, un servicio de la sociedad de la información'. Y según las definiciones realizadas en el apartado correspondiente, el término destinatario coincide con el usuario, que es el que se utiliza en esta guía.

iii. Modalidades de obtención del consentimiento

La determinación de qué método será el adecuado para obtener el consentimiento para el uso de cookies dependerá del tipo de cookies que se instalarán, de su finalidad y de si son propias o de terceros. Un aspecto a considerar es si la relación con el usuario es el editor o terceros.

En este sentido, debe indicarse si el consentimiento se presta únicamente para la página web en la que se solicita o si también se presta para otras páginas web del mismo editor o incluso para terceros asociados al editor en el marco. de la finalidad de las cookies sobre las que se ha ofrecido información.

Existen, entre otros, los siguientes mecanismos para obtener el consentimiento:

• Mediante la aceptación de los 'Términos y condiciones de uso del sitio web' o su 'Política de privacidad' al solicitar un servicio.

Otra posible forma de consentimiento para la instalación de Cookies es mediante la aceptación de los términos o condiciones de uso y / o la política de privacidad del sitio web en el momento en que un usuario solicita el alta en un servicio.

• Durante el proceso de configuración del funcionamiento de la página web o aplicación (Consentimiento dirigido por Configuración)

Numerosas páginas web y aplicaciones móviles permiten al usuario configurar el servicio, pudiendo configurar características como idioma, fuente, color de fondo, etc. Por las características específicas de

aplicaciones, estas también suelen preguntar al usuario si puede acceder a información desde su terminal (como agenda, para sugerir amigos, o álbum de fotos).

Por ello, se puede configurar otra forma alternativa de consentimiento para la instalación de cookies durante el proceso de elección o especificación por parte del

usuario de las funciones, dejando el consentimiento integrado en la elección del usuario y recordando la configuración elegida ésta.

• En el momento en que se solicita una nueva función ofrecida en el sitio web o la aplicación (consentimiento basado en funciones)

Ciertas funciones opcionales de una página web o aplicación pueden requerir el uso de cookies, por ejemplo, cuando un servicio de correo recuerda la cuenta del último usuario que accedió a ella.

En tales casos, se podrá facilitar información sobre las cookies utilizadas en el momento en que el usuario deba manifestar su deseo de utilizar dicha función.

En el ejemplo anterior, se podría proporcionar información junto a la casilla de verificación que el usuario debe marcar para obtener la función (que el servicio de correo recuerde su cuenta).

• Antes del momento en que se descarga un servicio o aplicación ofrecida en el sitio web.

Otra posibilidad de obtener el consentimiento es antes de que se descargue un servicio incluido en el sitio web o en la aplicación (como un vídeo, una imagen o un juego).

En tales casos, si se le informa debidamente que la aplicación de descarga de dicho servicio o aplicación implica la prestación del consentimiento para la instalación de una determinada cookie con fines específicos, y realiza una acción para realizar la descarga de dicho servicio o aplicación, Puede interpretar que el usuario ha dado su consentimiento para la instalación de la cookie o cookies correspondientes. Cuando esta cookie es proporcionada por un tercero, el usuario debe ser informado, brindando información sobre los propósitos de las cookies del tercero, para que el usuario pueda tomar una decisión informada.

Cabe recordar que en el caso de que una página web ofrezca contenidos audiovisuales, éstos forman parte del servicio expresamente solicitado por el usuario, quedando por tanto exento del deber de exigir dicho consentimiento para la visualización de dichos contenidos.

• A través del formato de información por capas. En el formato de capa de información que indicamos anteriormente, la primera capa, que contiene la información esencial, debe incluir también la solicitud de consentimiento para la instalación de las cookies.

En los casos en que el usuario no indique expresamente si acepta o no la instalación de cookies, pero continúe utilizando el sitio web o la aplicación se podrá entender que ha prestado su consentimiento, siempre que haya sido informado claramente al respecto y En todo momento se ofrece en todo momento un aviso que ofrece permanentemente información sobre el uso de cookies y la posibilidad de desinstalarlas a través de los formularios indicados en esta guía.

A estos efectos, y a título de ejemplo, se entenderá que se ha dado consentimiento para seguir navegando cuando tras informar del uso de cookies:

(i) El usuario ha utilizado la barra de desplazamiento, siempre que la información sobre las cookies sea visible sin hacer uso de ella;

(ii) El usuario ha hecho clic en cualquier enlace contenido en la página.

La información que se ofrece en esta primera capa se puede mostrar a través de un formato visible para el usuario, como una capa, una barra o mediante técnicas o dispositivos similares, teniendo en cuenta que la ubicación en la parte superior de la página sería mejor. Captar la atención de los usuarios.

En los terminales de pantalla reducida se podrá adaptar el tamaño y el contenido de la primera capa a las dimensiones de la misma.

• A través de la configuración del navegador. Tanto la Directiva de Privacidad como la LSSI sugieren que la configuración del navegador podría ser una de las formas de obtener el consentimiento si se utiliza de forma que permita a los usuarios manifestar su acuerdo con la instalación de cookies de acuerdo con la legislación vigente. y teniendo en cuenta las conclusiones del Grupo de trabajo del artículo 29.

iv. ¿Cuándo se pueden instalar las cookies?

En cuanto al momento en el que se debe obtener el consentimiento para la instalación de la cookie, hay que recordar que el artículo 22 de la LSSI establece que:

Los proveedores de servicios pueden utilizar dispositivos de almacenamiento y recuperación de datos en el equipo terminal de los destinatarios, siempre que hayan dado su consentimiento después de haber recibido información clara y completa sobre sus

utilizar, en particular, para las finalidades del tratamiento de datos, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

En consecuencia, la instalación de la cookie puede tener lugar cuando el usuario dispone de la información obligatoria sobre las cookies y la forma de obtener el consentimiento y se facilita de acuerdo con los procedimientos indicados.

En este sentido, la instalación de las cookies debe ir acompañada de un consentimiento informado de los usuarios para dicha instalación, de manera que el

los destinatarios tienen la oportunidad de examinar la información y decidir si permiten o no la implementación de estos dispositivos.

v. Obtener el consentimiento para el uso de cookies cuando un editor brinda servicios a través de diferentes páginas.

El mismo editor que brinda diferentes servicios a través de diferentes dominios

podrá a través de una única página web informar y obtener el consentimiento para la instalación de cookies enviadas desde otros dominios, que sean de su propiedad y ofrezcan contenidos o tengan características similares, para la prestación de los servicios solicitados por el usuario, siempre que se le informe también de qué Se expuso anteriormente en el apartado de información, en qué páginas web o dominios de propiedad se van a instalar desde donde se instalarán las cookies, el tipo de cookies y las finalidades para las que se trata y recoge el consentimiento del usuario.

En el caso de que las páginas a través de las cuales presta servicios un editor ofrezcan contenidos o tengan características no similares (por ejemplo: algunas de las páginas contienen contenido para adultos), será necesario adoptar precauciones adicionales.

vi. Cambios en el uso de cookies.

Como norma general, siempre que se haya obtenido un consentimiento de forma válida no es necesario obtenerlo cada vez que un usuario visita la misma página web desde la que vuelve a prestar el servicio.

En cualquier caso, es evidente que si las características o finalidades del uso de cookies cambian después de haber obtenido el consentimiento, será necesario informar a los usuarios sobre estos cambios y permitirles tomar una nueva decisión sobre dichas actividades.

vii. Retirada del consentimiento para el uso de cookies

Los usuarios deben poder retirar el consentimiento otorgado previamente en cualquier momento. Con este fin, el editor debe asegurarse de proporcionar información a los usuarios en su política de privacidad sobre cómo se puede retirar el consentimiento y eliminar las cookies.

En cualquier caso, el usuario podrá ser informado de las consecuencias derivadas de la retirada de dicho consentimiento, como por ejemplo, el impacto que pueda tener en las funcionalidades del sitio web.

viii. Posibilidad de denegar el acceso al servicio en caso de rechazo de cookies.

Puede haber casos en los que la no aceptación de la instalación de cookies impida la utilización total o parcial del servicio, siempre que se informe

apropiadamente sobre el usuario.

No obstante, no se podrá denegar el acceso al servicio en caso de rechazo de cookies, en aquellos casos en los que dicha denegación impida al usuario el ejercicio de un derecho legalmente reconocido, ya que el acceso a dicho sitio web es el único medio que se facilita al usuario. usuario para ejercitar dicho derecho. (Ejemplo, la baja en un servicio telefónico, acceso a Internet u otro).

4. Responsabilidad de las partes en el uso de cookies.

La LSSI no define quién es el responsable de cumplir con la obligación de proporcionar información sobre las cookies y obtener el consentimiento para su uso.

Es necesario que los sujetos involucrados en la instalación y uso de cookies colaboren para asegurar el cumplimiento de los requisitos legales establecidos.

Básicamente en la gestión de cookies y en el tratamiento de los datos obtenidos se distinguen las dos situaciones que se describen a continuación en

función de la finalidad para la que se tratan los datos obtenidos mediante el uso de cookies.

a) El editor o terceros utilizan cookies para fines distintos a la obligación de informar y obtener el consentimiento.

En aquellos casos en los que un editor ofrece a los usuarios un servicio y todas las

Las cookies de su sitio web se utilizan exclusivamente con las finalidades de que no es necesario obtener el consentimiento enumerado anteriormente, ya sean propias o de terceros, no será necesario denunciar su uso u obtener el consentimiento.

No obstante, si utiliza cookies de terceros para prestar el servicio solicitado por el usuario, deberá asegurarse contractualmente que estas otras entidades o terceros no tratan los datos con otra finalidad que no sea la de prestar el servicio al usuario, ya que en caso contrario, sería necesario informar sobre estas otras finalidades y obtener el consentimiento.

b) El editor o terceros utilizan cookies con fines no exentos de la obligación de informar y obtener el consentimiento.

En este caso podrá diferenciar si utilizan cookies propias o de terceros.

En los casos en los que el editor, mediante el uso de sus propias cookies, trate los datos para cualquier finalidad que no esté exenta de la obligación de informar y obtener el consentimiento, será necesario informar sobre las finalidades para las que se tratarán los datos. procesados y obtener el consentimiento del usuario, a través de alguno de los formularios establecidos en esta guía.

Asimismo, cuando se utilicen cookies de terceros para alguno o algunos de los fines no exentos, tanto el editor como el resto de entidades involucradas en la gestión de las cookies serán responsables de que los usuarios estén claramente informados sobre las cookies y las finalidades. para que sean tratados y obtengan el consentimiento requerido.

Generalmente las cookies de terceros se descargan en el equipo terminal del usuario porque el editor, al diseñar el sitio web, plataforma o aplicación, previó la posibilidad de incluir contenido de terceros que las utiliza o porque utiliza software de terceros que las requiere.

En cualquier caso, hay que tener en cuenta que en la práctica es más difícil para las entidades que instalan cookies de terceros, que no tienen relación directa con el usuario, conseguirlo, y que los usuarios tenderán a enviar sus inquietudes. a la entidad al mismo tiempo. que pueden identificar y con el que tienen relación, es decir, el editor.

De esta forma, en tales casos y con el fin de facilitar y asegurar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en este ámbito, cuando se instalen cookies de terceros, se deberá incluir uno o varios contratos en los contratos entre los editores y terceros. cláusulas en las que se asegura que se ofrecerá la información requerida a los usuarios y que se articulará el formulario a través del cual se puede obtener un consentimiento válido para el uso de las cookies, así como sobre las consecuencias de la revocación del consentimiento para el editor y, en especial, para los terceros que lo obtuvieron a través del editor.

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